Estas son las Principales novedades tributarias de la Ley 6/2010 de la Comunidad de Madrid.
1. En el I.R.P.F. se amplía el ámbito de aplicación de la deducción por gastos educativos, ya que podrán ser objeto de deducción los gastos efectuados en escolaridad y adquisición de vestuario escolar de los hijos o descendientes que cursen el segundo ciclo de Educación Infantil. Antes solo eran deducibles los gastos realizados en la Educación Básica Obligatoria.
2. En el Impuesto sobre el Patrimonio, se aumenta el mínimo exento a 700.000 euros (antes era 112.000 euros, con carácter general y 224.000 en el caso de contribuyentes discapacitados). Asimismo, se mantiene la bonificación del 100% de la cuota del impuesto en la Comunidad de Madrid.
3. En el Impuesto sobre Depósito de Residuos, la principal novedad es que se bajan los tipos impositivos.
4. En la Tasa sobre Juegos de Suerte, Envite y Azar se establece el devengo trimestral de la tasa a abonar por las máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de los juegos (máquinas de tipo B, C y D). Antes el devengo de la tasa era anual.
Para terminar, habría que señalar que se mantienen, en general, las mismas deducciones, bonificaciones y tipos de gravamen, aprobados por la Comunidad de Madrid para el año 2011 en los diferentes tributos cedidos a las Comunidades Autónomas. Cabría destacar por su relevancia el mantenimiento de la bonificación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, del 99% para el núcleo familiar.